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1340 – Juicio Político

El Juicio político tiene como protagonista a la Cámara de Diputados o Cámara Baja. Según nuestra Constitución Nacional en el artículo 53: “Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes”

El mal desempeño de las funciones, es una causal subjetiva, algo que deberá conseguirse con el trabajo dentro del Congreso. Por otro lado, la comisión de delitos en ejercicio del cargo o por fuera de la función pública, son 2 causales objetivas que requieren una condena previa.

El pedido de juicio político, puede ser presentado por un funcionario o por un particular, debe ingresar por la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados. En la Comisión se decide qué denuncias son admisibles y cuales no. Si se la aprueba, se inicia un sumario que puede implicar testigos, información, pruebas, etc. Luego de la investigación, la Comisión debe emitir un dictamen, con la mitad más uno de los miembros presentes, para que se desestime o se inicie el juicio político en la Cámara de Diputados.

Llegado al Senado, con la misma mayoría deberá juzgar. El juicio político no es una herramienta muy utilizada en la Argentina. Si bien existen muchas denuncias realizadas en las últimas décadas, la mayoría queda archivada en la Comisión de Juicio Político de la Cámara baja. Para impulsar un juicio político se necesita un consenso difícil de alcanzar. ¿Nos unirá el espanto?

Como recuerda Chequeado La última vez que el Congreso destituyó a funcionarios mediante juicio político fue cuando se inició el cambio de la Corte Suprema en el comienzo del gobierno de Kirchner, que impulsó el juicio político de 5 de los 9 jueces del máximo tribunal que había conformado Carlos Menem: Julio Nazareno, Guillermo López, Adolfo Vázquez, Eduardo Moliné O’Connor y Antonio Boggiano. Sin embargo, Nazareno, López y Vázquez renunciaron durante el proceso de enjuiciamiento para evitar la destitución.

Comienzan a escucharse algunos crujidos que van en el sentido de actualizar este prontuario. Pero como siempre queda la sombra… Claro que para eso se necesita que la política y la sociedad hagan su trabajo.

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